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Modificación del Reglamento regulador de las escuelas particulares de conductores.

12/12/2023

 Publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 1010/2023, de 5 de diciembre, por el que se modifican el Reglamento regulador de las escuelas particulares de conductores, aprobado por el Real Decreto 1295/2003, de 17 de octubre; y el Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo.

Disposición adicional sexta. Condiciones para la prestación de la actividad de profesor de formación vial.

1. Aquellos que estuvieran en posesión del título de Profesor-Director de Escuela de Conductores, expedido por los órganos u organismos competentes del Ministerio de Defensa, podrán ejercer como directores de una escuela particular de conductores y como profesores de formación vial. Así mismo, aquellos que dispusieran del título de Instructor de Escuelas de Conductores o Monitor de Escuela de Conductores, expedido por los órganos u organismos competentes del Ministerio de Defensa, podrán ejercer como profesor de formación vial en territorio español, una vez obtenida la autorización a la que se refiere el apartado 4, y de acuerdo con la normativa vigente…..

ver anexos.

 

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